1 - Tribunal Electoral sanciona a exdirector de Protección Civil por incurrir en violencia política de género contra Cindy Arvizu

Tribunal Electoral sanciona a exdirector de Protección Civil por incurrir en violencia política de género contra Cindy Arvizu

El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió que el que fuera director de Protección Civil en la pasada administración, Armando Félix Pares, es responsable de la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG) en perjuicio de Cindy Abril Arvizu Hernández, por la difusión de una imagen a través de WhatsApp (durante el proceso electoral local 2020-2021), mediante la cual denostaba a la entonces candidata del PAN a la alcaldía de San José Iturbide.

Por tal motivo, le impuso medidas de reparación y no repetición en favor de la denunciante, ordenando además su inscripción en los registros nacional y local de Personas Sancionadas en Materia Política contras las Mujeres en Razón de Género, así como ofrecerle una disculpa pública.

En sesión pública virtual, el pleno del Tribunal destacó en el expediente TEEG-PES-17/2023, del procedimiento especial sancionador a cargo de la magistrada ponente Yari Zapata López, que con la difusión de esa imagen, “resultó clara la reproducción de estereotipos de género, tendiente a limitar derechos de carácter político-electoral y con esto lograr la falta de participación igualitaria de las mujeres en este ámbito”.

Las medidas específicas que el órgano jurisdiccional ordena al denunciado es que dentro de los 5 días siguientes a que haya quedado firme la resolución, deberá redactar y expresar una disculpa pública a la afectada, difundiéndola en los medios TVI y La Opinión, además de publicar una síntesis de la sentencia.

Se ordena a la Secretaría General del TEEG que cuando la resolución quede firme, realice la cédula que contendrá un extracto de la sentencia para que en su momento se entregue al denunciado y adicionalmente se fije por 7 días en los estrados del Tribunal Electoral.

La resolución de los magistrados conmina a Armando Félix Pares a garantizar la no repetición de los actos que originaron la VPG en perjuicio de Cindy Abril Arvizu Hernández, o cualquier otra persona, debiendo en lo subsecuente abstenerse de proferir o emitir algún tipo de expresión estereotipada que tienda a denigrar, minimizar o invisibilizar las funciones políticas y públicas que ésta desempeñe.

Además, el denunciado deberá inscribirse en los registros nacional y estatal de personadas sancionadas por la comisión de VPG.

Conforme a los parámetros establecidos por la autoridad federal, “se ordena que el denunciado realice un curso en materia de VPG, pues como se dijo es el responsable directo de la conducta imputada, cuyo costo estará a su cargo y el cual deberá orientarse a la promoción y protección de los derechos de las mujeres”.

Al respecto, deberá informar al TEEG, dentro del plazo de 5 días naturales contados a partir de la notificación personal que se le realice del acuerdo en que se declare que la presente resolución ha quedado firme, el nombre del curso que realizará, así como todos los datos necesarios para llevar a cabo su identificación.

Además, deberá cursarlo dentro de los 30 días naturales siguientes a que presente la comunicación anterior y al finalizarlo presentar la evidencia documental que acredite su cumplimiento, dentro de las 48 horas posteriores a que ello ocurra.